MEDIO AMBIENTE
Por su temperamento y fortaleza, con algunos perros hay que tener mucho cuidado. Si se posee o pasea un animal de estas razas, se debe solicitar en el Ayuntamiento o en las oficinas de Atención Ciudadana, la correspondiente licencia de tenencia de animales peligrosos.
Razas peligrosas:
1. Pit Bull Terrier
2. Staffordshire Bull Terrier
3. American Staffordshire Terrier
4. Rottweiler
5. Dogo Argentino
6. Fila Brasileiro
7. Tosa Inu
8. Akita Inu
9. American Bully
10. Akita Americano
11.American Pitbull Terrier
12. Bandogg-American Bandogg Mastiff
A parte de estas razas puras, todas aquellas razas que contengan cruces de estas razas con otras razas peligrosas o con otras razas no consideradas peligrosas. También entran dentro de este grupo, los perros que aún no siendo de ninguna de estas razas:
1. Posean fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia, marcado carácter y gran valor, pelo corto, cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande, mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda, cuello ancho, musculoso y corto.
2. Carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales.
La tenencia de perros potencialmente peligrosos, requerirá:
PRIMERO la PREVIA obtención de una licencia administrativa que será otorgada por el ayuntamiento del municipio de residencia del o de la solicitante. Para lo cual se precisará la acreditación documental de los siguientes requisitos tal y como se recogen en el documento oficial (Impreso solicitud de licencia):
*Ser mayor de edad (DNI/NIE/pasaporte en vigor).
*No haber sido condenado/a por homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad, integridad moral, libertad sexual y salud pública, asociación con banda armada, narcotráfico, no estar privado del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos (Impreso declaración jurada).
*No haber sido sancionado/a por infracciones graves o muy graves que contempla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de animales potencialmente peligrosos (Impreso declaración jurada).
*Disponer de capacidad física y aptitud psicológica (Certificado psicotécnico).
* Justificante acreditativo de haber abonado la tasa por la tramitación de licencias de animales potencialmente peligrosos (15 €). La autoliquidación se entrega en Gestión Tributaria (mostrador 2ª planta de la Casa Consistorial), que podrá pagar en la planta baja (Recaudación).
*Acreditar seguro de responsabilidad civil exento de franquicia por daños a terceros con una cobertura no inferior a 120.000 euros (Impreso seguro).
Este último documento es exigible únicamente si eres el propietario o la propietaria del perro potencialmente peligroso.
SEGUNDO El propietario o la propietaria del perro solicitará su INSCRIPCIÓN en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos del municipio donde esté censado el perro, en el plazo de 15 días contados a partir de la obtención de la licencia (Impreso solicitud de inscripción).
La solicitud de inscripción precisará la acreditación documental de los siguientes requisitos tal y como se recogen en el documento oficial:
* DNI de la persona solicitante.
* Licencia para tenencia de animales potencialmente peligrosos.
* Documento acreditativo de la titularidad del perro (pasaporte/cartilla sanitaria oficial/hoja del REGIA).
* Acreditar seguro de responsabilidad civil exento de franquicia por daños a terceros con una cobertura no inferior a 120.000 euros (Impreso seguro).
Correo postal ordinario o certificado
Remitir los escritos, solicitudes, etc. a la siguiente dirección: Ayuntamiento de Getxo - c\ Fueros, 1
Localización:Algorta
Código Postal:48992
OAC Las Arenas/Romo
Calle Las Mercedes, 13
Horario:Lunes a viernes: 08:00 - 14:00. Se recomienda solicitar cita previa a través del teléfono 94 466 00 00 o en Cita previa
Localización:Las Arenas
Código Postal:48930
Teléfono:944660266
Email:hab.romo@getxo.eus
OAC Algorta
Torrene, 3
Horario:Lunes a viernes: 08:00 - 14:00. Se recomienda solicitar cita previa a través del teléfono 94 466 00 00 o en Cita previa
Localización:Algorta
Código Postal:48991
Teléfono:944660366
Email:hab.algorta@getxo.eus
Recurso potestativo de reposición
Recurso contencioso-administrativo
Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. RD 287-2002.pdf
Decreto 101/2004, de 1 de junio, sobre tenencia de animales de la especie canina en la Comunidad Autónoma del País Vasco D 101-2004.pdf
Decreto 44/2020, de 24 de marzo, de modificación del Decreto sobre tenencia de animales de la especie canina en la Comunidad Autónoma del País Vasco Decreto 44-2020 .pdf
Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos Ley 50·1999.pdf
Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales. Ordenanza ANIMALESDEFINITIVO.pdf
Zona de esparcimiento para perros Zona de esparcimiento para perros.pdf
Solicitud de licencia para tenencia de animales potencialmente peligrosos (app) DN.14 Solicitud de licencia de Tenencia de Animales Peligrosos.doc
Declaración jurada de licencia para tenencia de animales potencialmente peligrosos DN.15 Declaracion Jurada de licencia para tenencia de animales potencialmente peligrosos.doc
Certificado de seguro DN.97 Certificado de seguro.doc
Solicitud de inscripción en el registro municipal app del municipio donde resida habitualmente el animal DN.279 Solicitud de Inscripcion APP.doc