Trámites
MOVIMIENTOS DE TIERRAS, LIMPIEZA, DESBROCE DE TERRENOS, PAVIMENTACIÓN, ETC., NO AFECTOS A OBRAS DE URBANIZACIÓN
Unidad Gestora
Descripción
Tramitación:
En función del tipo de intervención pretendida, ésta quedará sujeta a alguno de los dos procedimientos siguientes:
1. Comunicación previa
Cuando se trate de labores de limpieza y desbroce de terrenos, actuaciones de mantenimiento, ajardinamiento, pavimentación, etc. así como de las instalaciones precisas para el uso y mantenimiento de los espacios libres de uso privado, siempre que no se alteren las rasantes o perfiles del terreno inicial en contacto con la edificación existente, en su caso, o en una distancia de tres metros con su lindero de finca y no supere un metro de altura.
La comunicación previa habrá de efectuarse en documento normalizado, acompañado de la documentación específica que se determina posteriormente y se presentará ante el Ayuntamiento, que verificará si la actuación puede ser tramitada como acto comunicado y ha sido presentada la documentación completa.
Una vez verificado se dará entrada al documento, se entregará una copia de la solicitud con la entrada al interesado. La copia tendrá la consideración de toma de conocimiento por la Administración y habilitará al solicitante a iniciar la actuación pretendida. La copia de solicitud deberá estar expuesta en el local objeto de la actividad o en el lugar de la obra.
Los Servicios Municipales analizarán la documentación y, en su caso, girarán visita de inspección para verificar la adecuación de la actuación a la comunicación efectuada y al ordenamiento jurídico. Del análisis de la documentación y/o visita de inspección se emitirá un informe en el plazo de un mes que verifique la efectiva adecuación de la actuación a la normativa aplicable.
2. Procedimiento ordinario:
El resto de casos son considerados “movimientos de tierras”, a tramitar por el procedimiento ordinario.
Requisitos
Documentación
En todos los casos se aportarán los documentos siguientes:
1.1.- Impreso normalizado de la solicitud que corresponda: Comunicación Previa o Procedimiento Ordinario.
1.2.- Las autorizaciones concurrentes exigidas por la legislación sectorial que en cada caso fuera aplicable. La autorización que concurra, en su caso, deberá de ir acompañada de una declaración del titular y/o solicitante en la que se recoja que la documentación por la que ha obtenido la autorización es idéntica a la presentada en el Ayuntamiento junto a la solicitud.
1.3.- Documentación que justifique la identidad del solicitante, promotor o representante y la acreditación de dicha representación.
DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA A PRESENTAR:
• Para el caso de Comunicación Previa:
- Emplazamiento señalando la situación del edificio, parcela, terreno, etc. en el que se plantea la actuación, con la dirección conforme al callejero municipal en un plano, croquis o fotocopia del callejero o de la base cartográfica municipal.
- Plano o croquis reflejando la actuación pretendida, tanto en planta como en sección, de forma que no se altere la rasante o perfil del terreno en contacto con la edificación existente, en su caso, o en una distancia de tres metros con su lindero de finca y no supere un metro de altura.
- Memoria, en la que se indique el alcance de la intervención; la maquinaria a emplear; el destino de los materiales que se extraigan, en su caso; y el cumplimiento del horario previsto para estas actuaciones en la Ordenanza de ruidos y vibraciones.
- Presupuesto detallado de la intervención.
• Para las sujetas al procedimiento ordinario:
- Plano, croquis o fotocopia del callejero (o de la base cartográfica municipal) señalando la situación de la parcela, con la dirección conforme al callejero municipal.
- Plano topográfico de la parcela, indicando cotas y el arbolado y edificaciones existentes y la posición de los terrenos o edificaciones colindantes.
- Plano de las superficies que se consideren precisas para definir el volumen y características de la obra, con indicación de redes, escorrentías, etc.
- Plano de perfiles iniciales y pretendidos con la intervención
- Memoria técnica complementaria con la justificación de las obras pretendidas junto con las precauciones a adoptar en relación a la obra, vías públicas y terrenos o edificaciones colindantes. Así mismo, se justificará y acreditará el destino de los residuos resultantes.
- Presupuesto detallado de las obras precisas
Canales de tramitación y obtención de impresos/formularios/documentación
Presencial
Plazo máximo para resolver y notificar
Comunicación previa: La presentación de comunicación previa no requiere una resolución expresa municipal y habilitará, desde su presentación, a la realización de las obras con cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa que resulte de aplicación y bajo la responsabilidad del comunicante