Unidad de Violencia de Género
Qué hacer ante la violencia de género.
Qué hacer ante la Violencia de Género
Si Ud. es víctima de Violencia de Género o conoce alguna mujer que lo sea
La denuncia podrá presentarla la víctima, o cualquier otra persona que conozca los hechos, ante el Juzgado de Guardia de Getxo, Ertzaintza o Policía Local de Getxo.
Si los hechos han ocurrido en Getxo y decide presentar la correspondiente denuncia en la Comisaría de la Policía Local de Getxo debe saber que recibirá cualquier tipo de ayuda:
- Le facilitaremos, si así lo necesita, tratamiento médico de urgencia para cualquiera de sus lesiones o heridas
- Le ayudaremos a presentar la correspondiente denuncia
- Se tomarán las medidas específicas, según el nivel de riesgo, dirigidas a proteger la vida, la integridad física y los derechos e intereses legítimos a Ud. y sus familiares
- Le informaremos sobre los derechos y los recursos sociales existentes que le asisten (justicia gratuita, solicitud de ayuda económica, pisos de acogida, asistencia jurídica y psicológica, Servicios Sociales de Base, etc)
- Efectuaremos un seguimiento específico de su caso hasta que finalicen los hechos que motivaron la denuncia
- Y, en definitiva, queremos hacerle saber que NO ESTÁ SOLA y que estaremos a su disposición las 24 horas del día por si nos necesita
Teléfono: 94 466 02 02
Qué es la Violencia de Género
Todas las agresiones físicas y psíquicas son conductas castigadas por la ley (como delitos o faltas), y por tanto, han de ser denunciadas.
La Violencia de Género en un patrón de conducta que se usa para ejercer coerción y control sobre alguien, y puede incluir maltrato físico, sexual, económico, emocional y psicológico. Afecta a personas que están casadas, divorciadas, que conviven sin estar casadas, que tienen una relación romántica pero no conviven, y a personas de todos los grupos sociales, económicos, raciales, religiosos y étnicos. Cualquier mujer puede ser víctima de la violencia de género.
La Violencia de Género comprende:
- Violencia física: cualquier acción que provoque o pueda provocar daño físico, enfermedad o riesgo de padecerla
- Violencia psíquica: cualquier acto o conducta que agredan o puedan agredir, alteren el contexto afectivo, tal como rechazo, insulto, amenazas, humillaciones, aislamiento, etc.
- Violencia sexual: ejecución de actos sexuales en contra de tu voluntad
- Violencia económica: como la desigualdad en el acceso a los recursos económicos que deben ser compartidos y al derecho de propiedad
Reforma del Código Penal (2015)
La reforma del Código Penal (2015) recoge determinadas modificaciones en materia de violencia de género:
- Agravación por discriminación al cometer delito por razón de género:
Se incorpora el género como motivo de discriminación.
- Imposición de la pena de multa en casos de delitos sobre la mujer:
Sólo será posible la imposición de penas de multa en este tipo de delitos cuando conste acreditado que entre agresor y víctima existen relaciones económicas derivadas de una relación conyugal, de convivencia o filiación, o extistencia de una descendencia común, al objeto de que no generen consecuencias negativas en la mujer.
- Nuevo delito de quebrantamiento la inutilización de dispositivos electrónicos:
En relación con los dispositivos telemáticos para controlar las medidas cautelares y las penas de alejamiento en materia de violencia de género se consideran estas conductas dentro de los delitos de quebrantamiento, a fin de evitar que queden impunes los actos tendentes a alterar o impedir el correcto funcionamiento de dichos dispositivos.
- Regulación de los matrimonios forzados:
Castigo a los matrimonios forzados. El que con intimidación grave o violencia compeliere a otra persona a contraer matrimonio será castigado según la gravedad de la coacción o de los medios empleados.
- Nuevo delito de acoso o acecho
El acoso, persecución y/o atosigamiento mediante presencia cercana, mensajes o llamadas de cualquier tipo será penado por la Ley.
- Difusión de imágenes
Tanto el que protagoniza y graba una relación íntima con su pareja y difunde las imágenes de la misma sin el consentimiento de la otra parte, como el que recibe las imágenes de otras personas y las difunde sin autorización expresa de los protagonistas, estarían cometiendo un delito.
Policia Local de Getxo
Alango 25 (Algorta) Getxo
Teléfono: 94 466 02 02
Fax: 94 466 00 96
Horario de la Unidad administrativa: 8.30 - 14.00