Interoperabilidad
Introducción
Es un derecho de la ciudadanía el no tener que aportar datos y documentos que la Administración ya posea en los trámites que realice con la misma.
La Interoperabilidad es la capacidad de los sistemas de información, y por ende de los procedimientos a los que estos dan soporte, de compartir datos y posibilitar el intercambio de información y conocimiento entre ellos.
Las Plataformas de Interoperabilidad facilitan que los organismos hagan la consulta en línea, por medios electrónicos, de los datos de la ciudadanía, que necesitan en la tramitación de los procedimientos.
¿Qué datos o documentos se intercambian?
- Los exigidos por las Administraciones Públicas de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable (artículo 28).
- Siempre que el interesado haya expresado su consentimiento a que sean consultados o recabados dichos documentos, presumiéndose la consulta u obtención es autorizada por los interesados salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa o la ley especial aplicable requiera consentimiento expreso.
- No se precisa consentimiento cuando:
- Una Ley lo establezca
- Se trate de datos de carácter personal recogidos o elaborados por las Administraciones públicas para el desempeño de sus atribuciones y éstos sean comunicados a otras Administraciones públicas para el ejercicio de las mismas competencias y que versen sobre las mismas materias
¿Qué ventajas tiene para la ciudadanía?
- Simplificación del papeleo: no necesita adjuntar documentos a la solicitud.
- Ahorro de tiempo y costes: no necesita obtener certificados de una administración y llevarlo a otra.
¿Qué ventajas tiene para las administraciones?
- Disminución del volumen de papel gestionado y almacenado.
- Simplificación en la realización de los trámites.
- Incremento de la calidad de los datos al evitar falsificaciones, malas lecturas o errores ya que estos son verificados o consultados directamente por el organismo competente.
Para dar cumplimiento a este derecho las administraciones se han dotado de un modelo que permite el intercambio de datos y documentos entre ellas asegurando la integridad y confidencialidad de la información intercambiada.
Normativa
- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, reconoce, en el ámbito del procedimiento administrativo, el derecho de la ciudadanía a no aportar datos y documentos que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que han sido elaborados por éstas (artículo 53).
- Asimismo la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su capítulo IV, reconoce el protagonismo de la interoperabilidad y considera que cada administración deberá facilitar el acceso de las restantes Administraciones Públicas a los datos relativos de los interesados que obren en su poder.
- El Esquema Nacional de Interoperabilidad (ENI), regulado por el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, establece el conjunto de criterios y recomendaciones que deberán ser tenidos en cuenta por las AA.PP. para la toma de decisiones tecnológicas que garanticen la interoperabilidad. Las normas técnicas de interoperabilidad previstas en su disposición adicional primera desarrollan ciertos aspectos concretos.
- Una de las normas técnicas más importantes es la Norma Técnica de Interoperabilidad de Protocolos de Intermediación de datos, de la resolución de 28 de Junio de 2012, que define los roles de los agentes que participan en los intercambios intermediados de datos y establece las condiciones relativas a los procesos de intercambio intermediado de datos, en la que se basa nuestra plataforma.
- Existe también el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), regulado por el Real Decreto 3/2010, de 8 de Enero que tiene como finalidad la creación de las condiciones necesarias de confianza en el uso de los medios electrónicos, a través de medidas para garantizar la seguridad de los sistemas, los datos, las comunicaciones, y los servicios electrónicos, que permita a los ciudadanos y a las Administraciones públicas, el ejercicio de derechos y el cumplimiento de deberes a través de estos medios.